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Actividades Ilicitas

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Politica de no Actividades Ilicitas, Alcohol, Drogas y Fumadores

PE-DA-022 Politica de no Actividades Ilicitas, Alcohol, Drogas y Fumadores Versión 2017

PETROL SERVICES Y CIA S EN C, apoya firmemente el esfuerzo nacional e internacional en la lucha contra crímenes graves, por ello se compromete a mejorar continuamente, garantizando el control y seguridad en cada uno de los procesos, dando cumplimiento a la ley evitando así actividades ilegales como lo son tráfico de drogas, terrorismo, secuestro, extorsión, utilización de medicamentos no formulados, posesión, distribución y venta de drogas no recetadas o de sustancias psicoactivas, en el desarrollo del trabajo, dentro de las instalaciones de la Compañía, o en las de nuestros clientes, Así mismo, se prohíbe la posesión, uso, distribución o venta de bebidas alcohólicas en las instalaciones PETROL SERVICES Y CIA. S. EN C., y en cada uno de sus centros de trabajo. PETROL SERVICES Y CIA. S. EN C., tiene la obligación y compromiso de apoyar a las autoridades en la identificación de transacciones de lavado de activos, financiación al terrorismo, denunciar actos de extorsión y de cualquier operación sospechosa que se detecte.

Adicionalmente, dispondrá de los recursos necesarios para la prevención del consumo de alcohol, drogas y cigarrillo, estableciendo actividades de concientización y motivación a un estilo de vida saludable; cuando se presenten casos la organización guardará absoluta confidencialidad y asignará profesionales para dar tratamiento oportuno al caso.

La compañía podrá realizar pruebas de alcohol y drogas directamente o a través de terceros, al ingreso a la compañía o en los exámenes periódicos, cuando existan razones para sospechar de abuso de alcohol y drogas, cuando un trabajador o contratista esté involucrado en un accidente y deba descartarse una relación con uso o abuso de estos. PETROL SERVICES Y CIA S EN C, podrá excluir de sus asociados de negocio y empleados que presenten el siguiente comportamiento:

Hacer, tolerar u omitir algún acto invocando o cediendo injustificadamente a amenazas por parte de la delincuencia organizada al margen de la ley o de cualquier persona que haciéndose pasar como grupo delincuencial lo realizaré.

Recibir, suministrar, administrar, invertir, financiar, transferir, guardar, transportar, almacenar o conservar dineros o bienes provenientes con destino a delincuencia organizada o grupos al margen de la ley o de cualquier persona que haciéndose pasar como grupo delincuencial lo realizaré.

Construir, ceder, arrendar, poner a disposición, facilitar o transferir a cualquier título bienes para ser destinados a la ocultación de personas o al depósito o almacenamiento de pertenencia de la delincuencia organizada o de grupos al margen de la ley o de cualquier persona que haciéndose pasar como grupo delincuencial lo realizaré.

Paralizar, suspender o disminuir notoriamente el cumplimiento de sus obligaciones contractuales por atender instrucciones de la delincuencia organizada de los grupos al margen de la ley o de cualquier persona que haciéndose pasar como grupo delincuencial lo realizaré.

Celebración de un contrato que asegure el pago del rescate, celebración de contratos de seguros bajo cualquier modalidad se otorguen para cubrir el riesgo del pago para lograr la liberación de un secuestrado, pagar sumas de dineros a extorsionistas y pagar por la liberación de una persona secuestrada.

Aquellos para los que se reporte una o más operaciones sospechosas en un término de doce (12) meses, basado en criterios objetivos y racionales del Oficial de Cumplimiento.

Quienes reiterativamente se nieguen a actualizar la información o quienes actualizándola no sean veraces.

Los condenados por delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo. PETROL SERVICES Y CIA S en C, da cumplimiento a la presente política a través de la revisión periódica de antecedentes de lo colaboradores, brindando recursos para la formación en temas relacionados con actividades ilícitas, y manifiesta que Presentarse a trabajar bajo el efecto del alcohol, drogas y/o sustancias psicoactivas acarreara las sanciones estipuladas en el Reglamento Interno de Trabajo.

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